Industria láctea, de bebidas y alimentos obligadas a disponer de un Servicio de Salud y Seguridad en el Trabajo

salud ocupacional

A partir del 6 de agosto según resolución del Poder Ejecutivo (descargar resolución), todas las empresas de la Industria Láctea y de Bebidas con y sin alcohol comprendidas en el Grupo Nº 1 \»Procesamiento y Conservación de Alimentos, Bebidas y Tabaco\», están obligadas a la implementación de un Servicio de Prevención y Salud en el Trabajo según los dispuesto en el Decreto Nº 127/014.

Las Empresas tendrán un plazo de 180 días para implementar el Servicio, pero no espere hasta último momento para comenzar, comuníquese con nosotros que lo ayudaremos a implementar dicho servicio, contamos con el plan adecuado a las necesidades actuales de su Empresa.

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